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Muere mujer al caer de la escalera, su esposo vio todo y llamó a emergencias 3 días después

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El Tribunal Supremo de España en Madrid ha ratificado la condena de Rogelio Ovejero a seis años y medio de prisión, quien se encontró culpable de un delito de homicidio por omisión después de no ayudar a su esposa enferma, María Juana Q., quien sufrió una caída en su domicilio de Madrid y falleció tres días después.

De acuerdo con la investigación policiaca, los hechos ocurrieron el 1 de diciembre de 2022, cuando la mujer, de 67 años, se cayó en la casa que compartían, Rogelio, pese a estar presente, decidió no asistirla ni alertar a los servicios de emergencia hasta el momento de su muerte.

María Juana padecía esclerosis múltiple, insuficiencia respiratoria y obesidad, lo que la hacía dependiente para tareas básicas, llevaba dos años sin apenas salir de su vivienda, situada en una tercera planta sin ascensor en Puente de Vallecas. Su esposo no intentó levantarla, no le suministró la oxigenoterapia necesaria, permitió que se orinara y defecara, y solo le proporcionó medicación analgésica, una almohada y una manta.

Murió Juana después de tres días de estar en el suelo

La mujer falleció tres días después a causa de neumonía e insuficiencia respiratoria aguda, un desenlace que, según los jueces, «hubiera podido evitarse con un muy alto grado de probabilidad» si se hubieran solicitado los servicios de emergencia a tiempo.

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El hombre fue declarado como “cuidador quemado”

La defensa de Ovejero argumentó ante el Supremo que la situación de diez años como cuidador único superó su capacidad, provocándole una grave afectación psicológica, conocida como “cuidador quemado” que le impidió actuar. Alegó también que la víctima había manifestado su rechazo a tratamientos médicos.

Sin embargo, el Supremo desestimó el recurso, la sentencia concluye que, si bien se apreció el trastorno por ser cuidador único, este no constituyó un «déficit de culpabilidad» suficiente para eximirlo o reducir aún más la pena ya aplicada por la Audiencia Provincial y el TSJ de Madrid.

Fuente: El Heraldo

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