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INTT retira luces led en carros: qué dice la ley sobre el uso de estos dispositivos

En todo el territorio nacional comenzó un operativo de las autoridades del Instituto Nacional de Tránsito Terrestre (INTT) para retirar y decomisar las luces led de todo tipo de vehículos que se encuentren en circulación en Venezuela.

A través de las redes sociales oficiales del INTT se han divulgado fotografías de los operativos en las que se aprecia a funcionarios procediendo a retirar este tipo de dispositivos en carros particulares, colectivos y motos.

La medida ha generado malestar entre los conductores, quienes aseguran que este tipo de luz ayuda a visualizar mejor al momento de conducir teniendo en cuenta el mal estado que hay en las principales vías del país.

Una afirmación que también es respaldada por el presidente del Colegio de Ingenieros de Lara, Julio Gutiérrez, quien aseveró, en entrevista a El Pitazo, que el deterioro alcanza 85 % de los 90.000 kilómetros de vías pavimentadas del país.

Otros usuarios en las redes sociales han denunciado, además, que este tipo de operativos implementados por el INTT son solo circunstanciales y generalmente se aplican a principios de año, por lo que no hay educación al respecto.

¿Qué dice la Ley de Tránsito Terrestre sobre las luces led?

La Ley de Transporte Terrestre prohíbe el uso de luces led o halógenas en todo el territorio nacional, al igual que los antiespías para placas, entre otras razones porque su uso pone en riesgo la vida de otros conductores.

Según una nota publicada en la página web del INTT, los diodos emisores de luz, conocidos como led, provocan daño en los ojos, ya que pueden acumular residuo celular llamado lipofuscina en la retina.

“Estos daños visuales que ocasionan el uso de estas luces pueden provocar accidentes de tránsito debido a que restan la visualización de las vías en los conductores que circulan en sentido contrario, motivo por el cual el INTT como ente encargado de una movilidad segura y sustentable, restringe el uso de las mismas”, detalla el comunicado.

En el artículo 169 de la Ley de Transporte Terrestre, numeral 21, señala además que las personas no pueden modificar las estructuras de sus automotores sin autorización y que el incumplimiento de esta norma será motivo de sanción con la imposición de 10 unidades tributarias (UT) o lo que es igual a 90 bolívares.

El reglamento también señala que los funcionarios del INTT están autorizados para hacer la revisión de cualquier vehículo si hay algún indicio de que se está infringiendo la ley.

Fuente: El Pitazo