Gaceta: Resolución permitirá a las personas grabar procedimientos en alcabalas
Venezolanos pueden grabar los procedimientos policiales a los que sean sometidos en puntos de control y alcabalas del país, según indica una resolución conjunta entre el Ministerio de la Defensa y el Ministerio de Relaciones Interiores, Justicia y Paz, publicada el 7 de septiembre de 2022.
«Los ciudadanos y ciudadanas, en ejercicio de sus derechos constitucionales y legales, podrán realizar grabaciones de video o audio de los procedimientos a los que sean sometidos en puntos de control por parte de la autoridad policial o militar, sin que puedan ser obligados a no hacerlo», señala el artículo 20 de las nueva Normas relativas a la instalación, supervisión, evaluación, registro y seguimiento de los puntos de control de los órganos de seguridad ciudadana y la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB).
No obstante, grabar las acciones de un efectivo de la policía es un derecho contemplado en leyes nacionales e internacionales y estaba permitido en Venezuela antes de que se publicara la resolución. Solo el artículo 57 de la Constitución garantiza la libre expresión y prohíbe la censura. Así mismo, el artículo 141 establece que la administración pública debe rendir cuentas.
Incluso Tarek William Saab, fiscal general de la república, informó el 23 de febrero de 2021, en entrevista en Globovisión, que era legal realizar estas tomas de video. A pesar de ello, usuarios en redes sociales denunciaron que algunos funcionarios se comportaban de forma amenazante e impedían que se les captara en cámara.
Venezuela, legalmente, se acoge al Derecho Internacional como Estado que reconoce los derechos humanos, por lo que no se constituye en delito grabar un procedimiento de algún cuerpo de seguridad. #CiudadaníaActiva https://t.co/RQbHXT4kmp pic.twitter.com/n1VQn4KcOA
— Aula Abierta (@AulaAbiertaVE) March 5, 2021
La resolución también reitera que nadie puede ser obligado a entregar sus equipos de telefonía celular o de grabación a los funcionarios policiales, antes, durante o después del proceso de verificación rutinaria.
En este caso, la revisión de dispositivos ya estaba prohibida de acuerdo con el artículo 48 de la Constitución del país, que garantiza el secreto e inviolabilidad de las comunicaciones privadas «en todas sus formas» y el 115, que protege el derecho a la propiedad.
#Venezuela • ¿Está permitido grabar procedimientos policiales?
El alcalde del municipio Vargas, José Manuel Suárez, aseguró que está “completamente autorizado” filmar los encuentros con miembros del cuerpo de policía. pic.twitter.com/3M8oop9LAA
— La Verdad Vargas (@LaVerdadVargas) April 16, 2022
Múltiples denuncias
La nueva resolución conjunta fue publicada luego de que decenas de denuncias sobre abusos policiales y extorsiones en Venezuela se compartieran a través de redes sociales, el primer semestre de 2022.
No es la primera vez que hay reportes de atropellos por parte de organismos de seguridad en las alcabalas en el territorio nacional. En 2019, la Asamblea Nacional (AN) electa en 2015 rechazó públicamente la situación.
«En las carreteras de todo el país los funcionarios de la Guardia Nacional y cuerpos policiales solicitan colaboraciones de los productores que transportan mercancía o particulares a cambio de permitirles transitar libremente», comentó entonces la diputada Desireé Barboza.
En 2020, con la llegada de la pandemia del COVID-19, autoridades restringieron el paso vehicular y ordenaron instalar puntos de control a lo largo de las vías del país. Durante ese período, las denuncias sobre el comportamiento ilegal de algunos efectivos alcanzaron un pico, informaron gremios de productores y comerciantes.
El tema del matraqueo de funcionarios deteniendo vehículos y pidiendo coima, puede escalar a situaciones muy peligrosas. Antier a un amigo le quitaron 200$ porq es lo que le vieron en la cartera.
— Rafael Ortin (@rafaelitortin) September 11, 2022
La normativa del 7 de septiembre de 2022 recuerda la responsabilidad institucional que tienen los organismos de seguridad del Estado y establece, en el artículo 23, que los efectivos pueden ser suspendidos del servicio si se comprueba que un han vulnerado derechos o realizado prácticas indebidas en las alcabalas.
¿Qué otra cosa establece la resolución?
La resolución conjunta establece varios lineamientos para los cuerpos de seguridad, incluyendo el comportamiento que deben tener en los puntos de control o alcabalas. Esto los obliga a:
- Identificarse adecuadamente antes de realizar cualquier procedimiento.
- Brindar un trato respetuoso y educado.
- Respetar la dignidad e integridad de las personas (se prohíbe aplicar métodos invasivos y exigir que el ciudadano se desnude).
- Informar del procedimiento a realizar a las personas involucradas.
- Identificar a los involucrados en el proceso.
- Realizar las inspecciones correspondientes cumpliendo con lo establecido en el Código Orgánico Procesal Penal.
- Hacer las verificaciones pertinentes sin que esto implique demoras innecesarias o afectaciones irreparables para las personas y sus bienes, ni retención indebida de documentación personal, vehicular o de carga.
«Las organizaciones del poder popular y especialmente los comités de contraloría social policial, en el marco del ejercicio de la contraloría social, podrán realizar observación del funcionamiento y servido prestado en los puntos de control y formular recomendaciones o denuncias», puntualiza el artículo 20 de la normativa.
Fuente: Efecto Cocuyo