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Fue despedida por mentir en curriculum vitae y justicia española falló a su favor

El curriculum vitae (CV) es un documento esencial para postular a una oferta laboral, ya que permite a los empleadores revisar la trayectoria de un candidato para corroborar que es la persona ideal para quedarse con el cargo.

Bajo esa premisa, una mujer fue despedida de su trabajo en España, porque su empresa detectó inconsistencias entre los curriculums que presentó en 2020 y luego en 2022. Específicamente, el primer documento contenía una experiencia laboral que no aparecía en el segundo, descubriéndose una mentira.

Tras ser cesada de su cargo, la extrabajadora demandó a la compañía, pero el Juzgado de lo Social desestimó su caso. Apeló al fallo mediante un recurso de suplicación ingresado en mayo de 2023 y, casi dos años después de su despido, obtuvo un resultado favorable por parte del Tribunal Superior de Justicia español.

El detalle de las inconsistencias entre los curriculums de la mujer

En 2020, la trabajadora presentó su curriculum vitae para trabajar en una fábrica de munición con sede en Palencia, ciudad ubicada en el norte de España. En el apartado «experiencia profesional», aseguró que entre 2000 y 2001 se desempeñó como «operaria cadena en departamento de soldadura» de una conocida fábrica y marca de autos.

Finalmente, se quedó con el cargo, pero la cuenta regresiva de sus días en la empresa inició en marzo de 2022, cuando se anunció un proceso interno de contratación. Además de los típicos documentos para postular, se exigió el informe de vida laboral, otorgado por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de España.

La presentación de dicho informe causó molestia en el comité de trabajadores, ya que era la primera vez que se solicitaba. Para zanjar el asunto, ambas partes firmaron un acuerdo que señalaba que el motivo de la exigencia era porque «se ha detectado una falsificación, el curriculum de una trabajadora no coincidía con su vida laboral».

La inconsistencia consistía en que el curriculum que presentó la aludida en 2022 —para participar en el proceso interno— no incluía la experiencia laboral en la marca automovilística que declaró en su primer CV. Por si fuera poco, agregó una experiencia que no estaba en el documento original: «Operaria cadena entre 2005 y 2009» en una institución ligada a la informática.

Con el informe de vida laboral en sus manos, la compañía descubrió que todo se trataba de una farsa: en realidad, la mujer no trabajó en la marca automotriz entre 2000 y 2001, sino que en una empresa matriz de restaurantes. Debido a la mentira, le comunicaron su despido el 24 de junio de 2022.

O la reintegran o la indemnizan

Después de que su caso fuera desestimado en primera instancia, el Tribunal Superior de Justicia terminó fallando a favor de la trabajadora, mediante una sentencia emitida en abril de este año.

Cuando la fábrica armamentística firmó el acuerdo con el comité, ella se comprometió a «devolver los informes de vida laboral a los trabajadores» y que «no utilizará la vida laboral para otro fin que no sea confrontarlo con el curriculum de los empleados».

No obstante, el Tribunal determinó que este segundo compromiso fue violado, argumentando que se utilizó el informe para justificar el despido de la demandante: «Ese uso desviado de los datos personales cedidos por la trabajadora para distinto fin (…) constituye la ilicitud del tratamiento y vulnera el derecho fundamental a la protección de datos».

Junto con dictaminar la improcedencia del despido, la justicia española le dio dos alternativas a la empresa demandada: reintegrarla a sus funciones, bajo las mismas condiciones laborales que regían antes de ser cesada; o indemnizarla con 5.462 euros, lo que en pesos chilenos equivale a $5,4 millones, según el cambio actual.

Fuente: Mega Noticias

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